Amet eros vestibulum
Lacinia curae id sed
Conubia nunc netus tortor
CON MG TE SENTIRAS MAS SEGURO
Amet eros vestibulum
Eu sapien interdum a
Nulla senectus curae
Es un documento que respalda a una persona o empresa ante un compromiso ya sea un servicio, crédito o trabajo por realizar, donde en caso de no cumplir, la fianza garantizará el pago del daño económico que implique el no cumplimiento.
Definiciones:
Fianza: es un contrato accesorio a través del cual una Institución Financiera, es decir una Afianzadora se obliga a cumplir ante un Beneficiario (Acreedor) del contrato, las obligaciones contraídas por el Fiado (Deudor) en caso de que este no lo hiciere.
Compañía afianzadora: Son aquellas instituciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuyo objeto es otorgar fianzas a título oneroso así como la práctica de operaciones de reafianzamiento.
Fiado: Persona física o moral que es el obligado principal en la operación; solicitante de la fianza (no siempre), por quien se obliga la afianzadora a cumplir si este no lo hace.
Beneficiario: Persona física o moral ante quien se obliga el fiado y la afianzadora. Es quien exige el cumplimiento de las obligaciones contratadas con el fiado y en caso de incumplimiento reclamar al fiador.
Cotizamos el tipo de fianzas que usted pueda requerir, es por eso que laboramos con las compañías afianzadoras de mayor prestigio, para que usted pueda elegir la fianza que más se adapte a sus necesidades.
Conubia nunc netus tortor
Fames maecenas ligula nec
Mauris commodo etiam nisl
Quisque viverra feugiat a

Netus integer ullamcorper nibh
La afianzadora garantiza el resarcimiento al patrón de los daños económicos ocasionados por los delitos de robo, fraude, abuso de confianza o peculado (servidores públicos), cometido por algún empleado en bienes por los que sea civilmente responsable.
Ventajas
-Es deducible de impuestos.
-El complemento del seguro de dinero y/o valores.
-El mejoramiento en los controles internos.
-La recuperación del daño económico.
-La selección del personal al contratar.
-El efecto Psicológico.
-Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones especificas solicitadas por los particulares dentro de un procedimiento judicial o bien -que el juez o la ley obliguen al particular a garantizar un acto procesal concreto.
Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones especificas solicitas por los particulares dentro de un procedimiento judicial, o bien, que el juez o la ley dictaminen a un particular a garantizar el procedimiento judicial.
Este tipo de fianza puede ser:
Penal
No penal
Son aquellas que GARANTIZAN el cumplimiento de cualquier obligación valida legal y de contenido económico entre particulares, personas físicas, morales o ambas y entidades de gobierno que celebren un contrato.
Sapien tempus vehicula ante hac posuere, tincidunt ultrices pretium.
Himenaeos vel lectus
Eleifend a rhoncus tellus convallis primis, blandit lacus sociosqu.
Ante mi accumsan per
Nibh rutrum ultricies at eget amet et, platea nisi porta elementum.
Pellentesque gravida
Lobortis lectus sodales pulvinar dictumst, dolor iaculis taciti.
Egestas euismod amet
Sollicitudin fames netus tellus laoreet felis, at fusce faucibus.
Hendrerit a ultrices
Vehicula nostra rutrum vestibulum, sapien neque, donec habitant.
Laoreet porttitor id
Condimentum maecenas sapien fermentum ad, congue tellus aliquam.
Pellentesque at nisl
Sit vitae ante egestas volutpat nullam, faucibus dolor eleifend.
Class mi dolor in id







