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Es un documento que respalda a una persona o empresa ante un compromiso ya sea un servicio, crédito o trabajo por realizar, donde en caso de no cumplir, la fianza garantizará el pago del daño económico que implique el no cumplimiento.
Definiciones:
Fianza: es un contrato accesorio a través del cual una Institución Financiera, es decir una Afianzadora se obliga a cumplir ante un Beneficiario (Acreedor) del contrato, las obligaciones contraídas por el Fiado (Deudor) en caso de que este no lo hiciere.
Compañía afianzadora: Son aquellas instituciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuyo objeto es otorgar fianzas a título oneroso así como la práctica de operaciones de reafianzamiento.
Fiado: Persona física o moral que es el obligado principal en la operación; solicitante de la fianza (no siempre), por quien se obliga la afianzadora a cumplir si este no lo hace.
Beneficiario: Persona física o moral ante quien se obliga el fiado y la afianzadora. Es quien exige el cumplimiento de las obligaciones contratadas con el fiado y en caso de incumplimiento reclamar al fiador.
Cotizamos el tipo de fianzas que usted pueda requerir, es por eso que laboramos con las compañías afianzadoras de mayor prestigio, para que usted pueda elegir la fianza que más se adapte a sus necesidades.
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La afianzadora garantiza el resarcimiento al patrón de los daños económicos ocasionados por los delitos de robo, fraude, abuso de confianza o peculado (servidores públicos), cometido por algún empleado en bienes por los que sea civilmente responsable.
Ventajas
-Es deducible de impuestos.
-El complemento del seguro de dinero y/o valores.
-El mejoramiento en los controles internos.
-La recuperación del daño económico.
-La selección del personal al contratar.
-El efecto Psicológico.
-Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones especificas solicitadas por los particulares dentro de un procedimiento judicial o bien -que el juez o la ley obliguen al particular a garantizar un acto procesal concreto.
Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones especificas solicitas por los particulares dentro de un procedimiento judicial, o bien, que el juez o la ley dictaminen a un particular a garantizar el procedimiento judicial.
Este tipo de fianza puede ser:
Penal
No penal
Son aquellas que GARANTIZAN el cumplimiento de cualquier obligación valida legal y de contenido económico entre particulares, personas físicas, morales o ambas y entidades de gobierno que celebren un contrato.
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